Por Iván Antonio Jurado Cortés
Como
era de esperarse, después de la tragedia llega la lamentación; esta vez la
avalancha en el municipio de Salgar al suroriente de Antioquia, donde perdieron
la vida al menos 100 personas. Como los mismos medios en su momento lo
informaron, era una ‘tragedia anunciada’, y lo expresaban sin ningún reparo.
Pero lo irónico es que nadie cuestionó el ejercicio de la institucionalidad
local y regional.
Y es aquí, en esta circunstancia, cuando
intentamos comprender el proceder de la naturaleza, por inofensiva que parezca,
siempre cobra su factura, y al final, termina con la razón y justificación. Por
lo general la primera reacción de los afectados es maldecir su desdicha,
indilgando causas, muchas veces donde nunca existen. El país como tal debe
urgentemente empecinarse en educar a la población en un aspecto trascendental
para la seguridad social: gestión del riesgo.
Muchas
de las leyes que en Colombia se engendran, duermen el sueño de los justos,
pasando desapercibidas ante la necesidad de los constituyentes primarios, y la
1523 “por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de
desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
y se dictan otras disposiciones”, está haciendo fila para el rincón del archivo.
Desde
la sanción de la ley, ningún municipio la ha asimilado como tal, la mayoría se
‘lavan’ las manos expresando que los recursos no suficientes para la
implementación de la normatividad; incluso, varios ni siquiera han conformado
el Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres, menos la Estrategia
de Respuesta a Emergencias. En este orden, es absurdo pensar que la nación está
preparada para atender emergencias naturales.
Aunque
la limitación en recursos para este propósito de alguna manera tiene
justificación, no es pretexto para hacer caso omiso a la totalidad de la
responsabilidad. Es en este meollo donde los entes de control son negligentes.
No se conocen antecedentes donde se
demuestre el estricto cumplimiento a la operatividad de los consejos
municipales, hecho que le resta importancia por parte de los mandatarios,
convirtiendo esta exigencia en simple saludo a la bandera.
En
uno de sus apartes, la jurisprudencia en gestión del riesgo, manifiesta que los
entes territoriales deben crear el Fondo Para la Gestión del Riesgo de
Desastres, quien a su vez debe estar conformado por tres subcuentas destinadas
a: conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y atención de desastres,
fundamentales para la funcionalidad del sistema.
Y
como dice el refrán, ‘más vale prevenir que curar’, acertadas palabras que caen
como anillo al dedo en el tema de la gestión del riesgo. El conocimiento del
riesgo es indispensable en la formulación de políticas afines, que finalmente
repercute en una planificación preventiva y concienzuda tanto institucional
como comunitaria.
Las
tragedias siempre serán anunciadas mientras no se implementen las actividades
plasmadas en la referida ley. Lo de Salgar es una simple radiografía de la
irresponsabilidad estatal, que continúa
calmando calamidades, desconociendo la
esencia del mandato jurídico.
El
país no puede seguir con pañitos de agua tibia, necesariamente debe aplicarse
el contenido del precepto en gestión del riesgo. Es la única manera de prevenir
la pérdida de vidas humanas por desórdenes naturales.
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