lunes, 13 de febrero de 2012

¿PERSONERÍAS DE BOLSILLO?...

Por: Iván Antonio Jurado Cortés
No se pueden ocultar los avances que ha tenido la democracia colombiana, especialmente desde la creación de la Constitución Política de 1991, donde se conjugaron pensamientos y participación de muchos sectores de la sociedad colombiana, fundamentalmente los que anterior a este suceso no se tenían en cuenta; sin embargo, a pesar que de alguna manera es una carta magna consensuada, esta no fue suficiente para albergar intensiones de la totalidad del pueblo. Caso concreto con las ‘Negritudes’. Posterior a la puesta en marcha de la nueva Constitución, se comienza a realizar una serie de ajustes y acomodos de acuerdo a la necesidad de momento, particularmente en su mayoría favorables a las políticas de los gobiernos neoliberales de turno y escampadas bajo el espíritu de la arcaica Constitución del 86, que tantas limitaciones y atropellos cometió contra intereses populares.
Algunos analíticos comparan a la Constitución de 1991 con una ‘mujer de mundo’, o sea más retocada que cualquier cosa… lógicamente que estos hechos han permeado la sana aspiración y altruismo del contenido inicial de dicho mandato que abrió una ventana de esperanza al pueblo; lastimosamente con el paso de los años, han podido más los actos individualistas y capitalistas que la sagrada letra liberal plasmada en dicha normatividad nacional. Obviamente el hecho de haber dado semejante paso en cuanto a la actualización de la legislación colombiana, ha servido para el fortalecimiento y creación de organismos especialmente veedores y contralores, hoy, en su mayoría fundamentales para el Estado, como: Personería, Contraloría, Procuraduría, Defensoría, entre otros. La Personería, una figura relativamente nueva en el organigrama estatal, se ha convertido en el único ente  para cientos de  municipios de quinta y sexta categoría, en cumplir funciones de Procuraduría, Contraloría y Defensoría del Pueblo.
El artículo 168 de la Ley 136 de 1994 define a las personerías de la siguiente manera: “son las entidades encargadas de ejercer el control administrativo en el municipio y cuentan con autonomía presupuestal y administrativa. Como tales, ejercerán las funciones del Ministerio Público que les confiere la Constitución Política y la Ley, así como las que delegue la Procuraduría General de la Nación. Las personerías cuentan con una planta mínima de personal conformada por el personero y un secretario”. Prácticamente es la encargada de promocionar y vigilar para que los derechos humanos se respeten y se cumplan; además de controlar de la protección del interés público y la conducta de funcionarios estatales en primer orden.
Nadie puede desconocer la actividad e importancia que posee este agente del Ministerio Público en todas las regiones del país; sin embargo, en algunas oportunidades actúa en sentido contrario a su objetividad, provocando desacierto y generando incredibilidad permanente ante la comunidad. Desde el año 1995, los personeros son elegidos por el Concejo Municipal o Distrital, al inicio fue por un periodo de tres años, posteriormente de cuatro años. Este hecho, ha permitido empezar a engendrar una cultura clientelista y en algunos casos de corrupción. Muchas personas se hacen elegir concejales, confiados en mejorar sus ingresos particulares ya sea por las “componendas” con el alcalde de turno o al inicio del periodo negociando con el mejor postor en el caso de la elección de personero.
Lo anterior es preocupante, ya que este fenómeno se ha fortalecido con el paso del tiempo, hasta el punto de convertirse en una ‘actitud natural’ la de recibir dinero o un cargo a cambio de asegurar ‘el voto’ a favor del interesado en personería. Y como todo se mueve por lógica, este tipo de personeros elegidos de manera fraudulenta o corrupta, no brindaran ninguna garantía para ejercer la función pública tal cual lo dictan los principios constitucionales; por el contrario, se vuelven monigotes del acalde y concejales o como popularmente se conocen: “personeros de bolsillo”, restándoles autoridad moral para desarrollar control político y de paso entorpeciendo el cumplimiento de la Ley y la justicia. No es descabellada la propuesta que empieza a ventilarse desde el Congreso de La República, donde se manifiesta que los personeros no se elijan a través del Concejo Municipal o Distrital, sino de otra manera. Esperemos que sea para mejorar y de esta forma recobrar autoridad, moralidad y credibilidad ante la sociedad cuestionadora.

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